El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Gobierno federal y los de las entidades podrán hacer promoción en portales y redes sociales sobre pago de impuestos e información de trámites y requisitos que deben realizar los ciudadanos.
La Sala Superior acota que la condición para que se difundan los mensajes es que no se trate de publicidad o propaganda, ni se haga referencia a alguna candidatura o partido político.
De la misma manera, la información pública tampoco puede promocionar a algún funcionario público o logro del gobierno.
La tesis “Información pública de carácter institucional. La contenida es portales de internet y redes sociales puede ser difundida durante campañas y veda electoral”, tiene fundamentos en el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, referente a la renovación de poderes a través de elecciones.
Así como por el artículo 134 que se refiere a la propaganda institucional.
Y como el camino del infierno está empedrado de buenas intenciones, ya veremos la creatividad de partidos y candidatos para disfrazar servicios por logros, y descuentos en pagos por beneficios.
Con información de El Financiero